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Informe de transparencia salarial

3 min de lectura Por: Skyone

Primer semestre de 2026

La Ley N° 14.611/2023 ("Ley de Igualdad Salarial") tiene por objeto garantizar la igualdad de salario y criterios de remuneración entre mujeres y hombres que realizan un trabajo de igual valor o desempeñan la misma función.

El reglamento de la Ley de Igualdad Salarial (Decreto nº 11.795/2023 y Ordenanza MTE nº 3.714/2023) define que el Informe de Transparencia Salarial y Criterios de Remuneración – creado por la Ley de Igualdad Salarial y que debe ser publicado por las personas jurídicas privadas con 100 o más empleados – será elaborado por el propio Ministerio de Trabajo y Empleo (MTE), con base en la información enviada por las empresas a través de eSocial y del Portal Emprega Brasil.

Sobre esta base, el 20 de marzo de 2026, el MTE (Ministerio de Trabajo y Empleo) puso a disposición los informes de cada empresa, basándose en una metodología desarrollada por el propio MTE.

El análisis se realizó considerando el panorama general de mujeres y hombres en cada empresa, sin tener en cuenta las particularidades derivadas de la posición jerárquica, la actividad realizada, la posición efectiva, el desempeño, el tiempo en la empresa o en el puesto. Por lo tanto, los parámetros utilizados por el MTE (Ministerio de Trabajo y Empleo) para elaborar nuestro informe terminan comparando a empleados de Skyone de diferentes puestos que no realizan las mismas actividades, como, por ejemplo, [Director de Fusiones y Adquisiciones y Relaciones con Inversionistas, Gerente Legal, Redactor Técnico, Líder Técnico].

El informe también presenta la relación entre el Salario Contractual Mediano y la Remuneración Media Efectivamente Pagada de mujeres y hombres, segregados por Gran Grupo de Ocupación de la Clasificación Brasileña de Ocupaciones (CBO), replicando la metodología utilizada en la comparación general.

La división de los empleados de Skyone por los principales grupos ocupacionales de CBO también da como resultado una comparación entre empleados en diferentes posiciones jerárquicas que realizan actividades distintas, como, por ejemplo, [Director de ventas y gerente de arquitectura de sistemas (ambos en el grupo de ejecutivos y gerentes), redactor técnico y líder de desarrollo técnico (ambos en el grupo de técnicos de nivel medio).

La metodología utilizada por el Ministerio de Trabajo y Empleo (MTE), por tanto, no toma en cuenta las exigencias de la Ley de Igualdad Salarial y la Consolidación de Leyes del Trabajo (CLT), ya que no compara a mujeres y hombres que realizan un trabajo de igual valor o desempeñan la misma función, ni observa los requisitos establecidos en el artículo 461 de la CLT para la igualdad salarial.

Tras estas consideraciones, y en cumplimiento de las obligaciones establecidas por la Ley de Igualdad Salarial, ponemos a su disposición, en el siguiente enlace, el informe de SKY.ONE TECNOLOGIA EM SOFTWARE SA, elaborado por el Ministerio de Trabajo y Empleo (MTE).

Haga clic para ver el informe.

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